Carrusel de la contratación caso IDU Bogotá DC

 


1. Contexto:

En el 2007, antes de la llegada de Samuel Moreno a la alcaldía se abre la licitación para el contrato 137 de 2007, correspondiente a la adecuación del tramo IV de la calle 26 de Transmilenio. Con el fin de lograr la adjudicación de este contrato, el Grupo Nule pagó una comisión al contratista Julio Gómez y al ex congresista German Olano de $1.750 millones a cada uno, por su intermediación para salir favorecidos en la licitación.

Tras la adjudicación de este contrato (137/2007) a la Unión Temporal Transvial, por un valor aproximado de $315.580 millones, y conformada por las empresas Tecnología e Ingeniería Avanzada S.A, Mega Proyectos S.A, Condux S.A, Maquinaria e Ingeniería, Mainco S.A, Bitácora Soluciones CIA Ltda y Translogistic S.A; las cuatro últimas pertenecientes al Grupo Nule, con una participación en la Unión Temporal Transvial del 80%. Las firmas de la Unión Temporal dirigidas por el Grupo Nule debían pagar una comisión del 6% ($19.000 millones aprox.) a los hermanos Moreno, y del 2% ($6.000 millones aprox.) al contralor distrital Miguel Ángel Moralerussi, sobre el valor total del contrato.

Para el 2010, el tramo IV que fue adjudicado a la Unión Temporal Transvial, en el cual yacían las firmas del Grupo Nule, presentaban un retraso de 16 meses y, casi dos años después de recibido el anticipo de $85.751 millones, esta Unión Temporal no había legalizado el 52% del mismo (Tribunal Superior del Distrito Judicial, 1 de junio de 2012).

Estos problemas se hicieron más evidentes a causa de la insolvencia y dificultades financieras por las cuales atravesaban las firmas del Grupo Nule, a razón de los malos manejos en los contratos que tenían a lo largo del territorio nacional. Fue así como a raíz de esta situación el Grupo Nule incumplió sus compromisos remuneratorios, principalmente con el contralor distrital. Por presiones burocráticas de la “junta directiva” y procesos de responsabilidad fiscal adelantados por la contraloría contra todas las firmas del Grupo Nule, no tuvieron otra salida que realizar cesión del contrato 137 del 2007. Por medio de la intermediación del concejal José Juan Rodríguez y el consorcio Gómez-Tapia este contrato fue cedido a CONALVÍAS, el cual pertenecía al Grupo Vías de Bogotá. Para este procedimiento, el abogado Álvaro Dávila realizo labores de asesor jurídico.

Operacionalización:




2. Amenazas y salvaguardas:

La Fiscalía ha podido comprobar que se encontraron documentos adulterados, balances y estados financieros firmados por contadores con información no real. No se cumplió el deber de reflejar la verdadera condición económica de Los Nule. En acorde al código de Ética IESBA se falta al principio de la integridad por encontrarse asociado a informes falsos sin juicio profesional al permitirse la influencia de terceros

Se evidencia la prestación de un servicio no acorde a la ley y normas éticas por parte del profesional de la contaduría. Cuando se presenta una posible intimidación y/o de interés propio; es recomendable como salvaguarda tomar las medidas necesarias para desvincularse, no realizar ninguna actividad que dañe la integridad, la objetividad o la buena reputación de la profesión.

Importante considerar la posibilidad de emitir una opinión con salvedades o negativa, o bien abstenerse de emitir un dictamen cuando la entidad no corrija las inconsistencias detectadas. Ahora bien, cuando la inconsistencia detectada conduce a un posible delito contra la administración pública, el orden económico y social o el patrimonio económico, el numeral 5 del artículo 26 de la ley 43 de 1990 señala que el profesional de la contaduría debe denunciarlo ante las respectivas autoridades penales, disciplinarias o administrativas.

3. Medidas cautelares o actuaciones de las entidades reguladoras:

Tomar las medidas necesarias para desvincularse: No realizar ninguna actividad que dañe la integridad, la objetividad o la buena reputación de la profesión.

Trasladar la responsabilidad de cualquier decisión empresarial que involucre a la otra parte a otra persona de quien el profesional de la contabilidad no tiene motivos para creer que podría percibirse influido de manera inadecuada para la toma de decisión.

También es importante que se documenten los hechos- las comunicaciones y los procedimientos de lo que está sucediendo

4. Conclusión:

La corrupción es el cáncer del pueblo, lo que ahora es una hermosa calle 26 Avenida el Dorado en la ciudad de Bogotá es el vivo ejemplo del renacer entre los muertos. Fueron alrededor de 5 años de duro flagelo que se sufrieron con obras paralizadas que terminan perturbando el derecho a una sociedad organizada con calidad de vida.

De este acontecimiento, cabe destacar el procedimiento de la justicia que se caracteriza por permitir la disminución de penas a actos tan atroces por delincuentes de cuello blanco. De continuar, con estos tipos de flexibilidad no es garantía de que no vuelva a suceder un detrimento patrimonial de la ciudad. Los castigos deben ser más ejemplares en línea con los códigos éticos establecidos, como estrategia al buen desarrollo económico y social del país.

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